La Corte de Apelaciones de Antofagasta decretó la medida cautelar de internación provisoria del adolescente de 17 años, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de homicidio, ilícito perpetrado el sábado pasado en el sector norte de la ciudad.
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Hernán Cárdenas Sepúlveda y Jaime Rojas Mundaca– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta que denegó la internación del menor de edad, al considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
La resolución del tribunal de alzada, detalla que: “Existen presunciones fundadas de que el imputado concertado para la ejecución del hecho facilitó los medios, en el entendido de nuestra doctrina de que entre facilitar los medios está, entre otras circunstancias, la de dar cobertura con el fin de que la víctima no pueda evitar la agresión que directamente está realizando otro”.
Por tanto, se resuelve que: “Reuniéndose los requisitos de la ley, se revoca la resolución de 24 de septiembre del año en curso que no hizo a lugar a la medida cautelar de internación provisoria del imputado y en su lugar se dispone tal medida por considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad”.
Según el ente persecutor, el adolescente concertado con un niño de 12 años de edad, concurrieron en horas de la noche del 21 de septiembre de 2024, hasta el pasaje Parinacota, sector norte de la ciudad de Antofagasta, lugar donde por rencillas anteriores, procedieron a agredir a la víctima, un adulto de 40 años, a quien el menor inimputable apuñaló con un arma blanca en dos ocasiones y, el acusado de 17 años lo golpeó con un objeto contundente.
A consecuencia de la agresión, la víctima falleció en el Hospital Regional de Antofagasta, recinto asistencial al que fue trasladado por vecinos del sector. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Rojas Mundaca.