Se compensa a los pensionados de EMPART que cuenten con, al menos un año continuo o
discontinuo de imposiciones en dicha caja entre 1958 y 1977 en la Región de Magallanes
y la Antártica Chilena.
El monto del bono -que alcanza hasta los $2.800.000- se calculará proporcionalmente a
los años cotizados.
Este jueves fue publicada en el Diario Oicial la resolució n exenta que
otorga un bono a todos los excotizantes de Caja Empart que se encuentran pensionados bajo el sistema
de Pensiones administrado por el Instituto de Previsió n Social (ISP), o bajo el sistema basado en la
capitalizació n individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP), Decreto Ley
N° 3.500. Un artı́culo incluido en el proyecto de ley de Reajuste del Sector Pú blico para el 2025 aprobado
a ines del añ o pasado, buscaba subsanar las cotizaciones que una persona aportó al sistema previsional
de Caja Empart, antes de ailiarse al Sistema de Pensiones de capitalizació n individual.
El beneicio entrega un bono a los trabajadores que entre el 11 de febrero de 1958 y el 30 de noviembre
de 1977 impusieron desde un añ o o más en la Caja de Empleador Particulares (EMPART) en la Regió n de
Magallanes y la Antártica Chilena, y habrı́an sido usuarios de la ley N°12.855 de 1958. Y considera un
aporte de $700.000 para quienes hayan cotizado entre seis y 11 añ os; de $1,4 millones para quienes lo
hayan hecho entre 12 y 17 añ os; y de $2,8 millones para quienes impusieron por 18 o 19 añ os. Para
aquellos que hayan cotizado entre 1 y 6 añ os, se pagará el proporcional de $700.000.
Los principales requisitos de postulació n son estar pensionado por vejez o invalidez bajo el nuevo sistema
de pensiones (AFP); o, en su caso, estar pensionado por vejez o invalidez en el Sistema de Pensiones
administrado por el Instituto de Previsió n Social, antes Ex Cajas de Previsió n. Además, se requiere contar
con, a lo menos, un añ o continuo o discontinuo de imposiciones en la Ex Caja Empart, y además haberse
desempeñ ado en la ex provincia de Magallanes, hoy Regió n de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Las personas interesadas deberán postular presencialmente ante la Secretarı́a Regional Ministerial
(Seremi) de Hacienda, cualquiera de las delegaciones presidenciales provinciales de la Regió n de
Magallanes y la Antártica Chilena o alguna de las oicinas de ChileAtiende ubicadas en la Regió n de
Magallanes y la Antártica Chilena. La solicitud estará disponible en las dependencias de la Seremi y de las
recién citadas oicinas de ChileAtiende y Delegaciones Presidenciales, en formato fı́sico, o descargable a
través de la página web del Ministerio de Hacienda “www.hacienda.cl”.
Caja Empart
La ley N°12.855 de 1958, para efectos de tener derecho a pensionarse, estableció el abono de un añ o de
servicio por cada perı́odo completo de 6 añ os servidos en la provincia de Magallanes para los imponentes
de la Caja EMPART. Sin embargo, en 1977 esa ley se derogó y, por lo tanto, se puso término a esta
cotizació n adicional. Y una vez que se implementó el sistema de AFP en 1980, se estableció el derecho a
un Bono de Reconocimiento para los trabajadores de las ex Cajas de Previsió n que se ailiaron a dicho
sistema en representació n de las cotizaciones aportadas en alguno de los regı́menes previsionales.
Por ello, la iniciativa busca subsanar el perı́odo en el cual la cotizació n de aquellos trabajadores fue hecha,
pero no vieron incrementadas sus pensiones.
Durante la tramitació n del Reajuste al Sector Pú blico en el Congreso Nacional a ines del 2024, el ministro
de Hacienda, Mario Marcel, se reirió a este tema y señ aló que “se da la particularidad de que durante
varios añ os existió una cotizació n adicional al del resto de los trabajadores del paı́s. Y esa cotizació n
adicional, supuestamente iba a inanciar un adelanto en la edad de jubilació n, cosa que no ocurrió en su
momento. Solo añ os después se concedió un incremento de pensiones de 5%, pero en todo el periodo
intermedio se quedó ahı́ una cotizació n adicional que no se tradujo en pensió n. Entonces, este artı́culo
busca compensar o saldar ese compromiso que quedó del Estado”.