Este lunes 26 de agosto la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó las modificaciones introducidas por el Senado, con lo que el proyecto que establece el uso del cargador universal para aparatos tecnológicos será ley.
Esta iniciativa dispone el uso de cargador universal estandarizado para diferentes tipos de dispositivos electrónicos, como, por ejemplo, teléfonos celulares y tablets, y videoconsolas portátiles, tanto alámbricos como inalámbricos.
De esta forma, la nueva normativa establece que las empresas deberán garantizar la interoperabilidad común entre los equipos y sus dispositivos de carga, a través de una interfaz de carga y protocolo de comunicación de carga compatibles.
Además, la ley indica que las empresas comercializadoras de dispositivos móviles deberán ofrecer a los consumidores la posibilidad de adquirir sus dispositivos tecnológicos con los aparatos de carga o por separado, no pudiendo atar o supeditar bajo ningún modo o condición la adquisición de uno de ellos a la del otro.
También dispone que las empresas deberán informar adecuada y oportunamente a los consumidores si el dispositivo de carga está o no incluido y sobre otras especificaciones relativas a los dispositivos de carga compatibles.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, quien participó activamente en la tramitación de esta iniciativa asistiendo a las comisiones para entregar la visión institucional acerca de las implicancias de esta iniciativa, valoró los beneficios que traerá esta ley para las y los consumidores, entre ellas, el fortalecimiento del derecho a la libre elección de bienes y servicios, evitando la venta atada de dispositivos de carga con la adquisición de dispositivos tecnológicos.
“Esta ley es un avance hacia un consumo más sustentable, pues permitirá a los consumidores optar por no adquirir nuevos dispositivos de carga, lo que contribuirá a disminuir la producción de residuos electrónicos”, indicó la autoridad.
Herrera agregó también que esta normativa va a permitir a futuro la estandarización de otros tipos de cargas, como, por ejemplo, las inalámbricas vía NFC.
“Esta normativa pone a nuestro país en línea con la regulación europea en esta materia, e implica una simplificación en el uso de los equipos y dispositivos electrónicos, contribuyendo a reducir residuos tecnológicos y a disminuir costos innecesarios”, explicó Herrera.
Además, la autoridad valoró que con esta nueva normativa las empresas van a tener que comercializar los aparatos con o sin cargadores o adaptadores de toma de corriente, prohibiendo la venta atada.
En caso de incumplimiento a estas disposiciones, las empresas podrán recibir multas de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones de pesos por cada infracción.
Estas nuevas obligaciones entrarán en vigencia en un plazo de dos años desde la publicación de la ley en el Diario Oficial para los dispositivos de telefonía móvil, y de cuatro años para los demás dispositivos móviles de información y telecomunicaciones.