La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió poner un tope en el alza de la prima GES de las Isapres, dejando a esta sin efecto para todos los afiliados, lo que se traduciría en devoluciones.
El fallo busca fijar un tope máximo del ajuste que las Isapres podrán realizar al valor del GES, el cual, según la Suprema, quedó establecido en 7,2 UF anuales, lo cual es menos de la mitad de lo que se cobra de media en la industria, actualmente.
Como referencia a lo último mencionado, Consalud ha presentado el costo más alto al año, con 16,68 UF, que equivale 601 mil pesos; luego viene Nueva Masvida con 15,48 UF anuales, equivalente a 557 mil pesos y, siguiéndole, Cruz Blanca con 14,736 UF, es decir 530 mil pesos por año.
¿Qué significa esto para afiliados?
Bueno, según lo calculado por la Superintendencia de Salud, las Isapres tendrán que devolver un trillón ciento doce mil seiscientos quince millones de pesos a sus afiliados para restituir los cobros realizados.
Cabe recordar que este no es el primer fallo en contra de las Isapres, ya que han ocurrido dos con anterioridad.
Siguiendo la lógica de las ocasiones pasadas, este nuevo fallo aplicaría a toda la cartera de afiliados, de todas las isapres y no solo quienes recurrieron a la justicia.
Lo resuelto por la Suprema fue con voto dividido
Según se indica, no se logró la unanimidad durante la votación, ya que a favor votaron los ministros y ministra Adelita Ravanales, Sergio Muñoz, Jean Pierre Matus y Mario Carroza, mientras que la ministra Ángela Vivanco votó en contra.