Caso ocurrió al interior de Vallenar y en el Juicio Oral los Jueces validaron los medios de prueba presentados por el Ministerio Público que dieron por acreditados los hechos y la participación consumada del acusado.
Luego de una investigación desarrollada por la Fiscalía de Atacama, enmarcada en actos de connotación sexual en contra de una víctima menor de edad, los antecedentes de esta causa fueron argumentados en audiencia de Juicio Oral donde se obtuvo la condena y posterior sentencia del acusado.
Las diligencias investigativas de este caso fueron dirigidas por la Fiscalía Local de Vallenar, a partir de la denuncia que daba cuenta de la grave afectación que sufrió la víctima quien sufrió actos de índole sexual por parte de su padre, quien al momento de ocurrir el delito estaba al cuidado de la niña.
“En casos de esta naturaleza la Fiscalía despliega todas sus herramientas destinadas a reunir los medios de prueba que permitan establecer participación y formular acusación, cuestión compleja en delitos de abuso sexual en que la evidencia material es escasa y donde, por sobre todo, se debe velar por la integridad de la víctima frente a las acciones que le generan un grave impacto”, indicó el fiscal (s), Nicolás Meléndez, que asumió la audiencia de Juicio.
Meléndez comentó en la audiencia que el delito de abuso sexual se cometió de forma reiterada al interior de Vallenar, contando con la declaración de la víctima que se realizó mediante las preguntas que hizo una intermediadora de acuerdo a los lineamientos que establece la Ley de Entrevista Videograbada 21.057 que rige en la región desde junio del año pasado.
A partir de este testimonio, además de otros medios de prueba argumentados por la Fiscalía, se pudo acreditar la actuación del acusado, en contra de quien se declaró su responsabilidad penal como autor del delito de abuso sexual a menor de 14 años en carácter de reiterado. Con ello, la Fiscalía consiguió que se le condenara a cumplir la pena de 12 años de cárcel efectiva, además de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.