La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, y el ministro de Justicia, Luis Cordero, detallaron el funcionamiento de la Ley de Pensión de Alimentos.
La iniciativa que ya se encuentra en vigencia, establece un mecanismo de pago permanente para que las y los deudores de pensión alimenticia realicen el pago.
En ese sentido, la ministra Orellana señaló que “van a poder contar con un mecanismo concreto y una solución real para poder buscar el patrimonio del deudor y pagar las deudas”.
“Como ha dicho el Presidente Gabriel Boric en otras instancias, no las vamos a dejar solas”, sostuvo.
Esta ley complementa y trabaja en conjunto con el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, en el que según cifras del Gobierno hay 82 mil personas registradas, donde un 97% corresponden a hombres.
De acuerdo al titular de Justicia, lo anterior se traduce en una deuda cercana a los 84 mil millones de pesos.
Ley de Pensión de Alimentos
Pero, ¿cómo funciona la ley? Esta se aplica cuando la persona tenga una deuda de al menos una mensualidad de pensión fijada por el Tribunal de Familia.
Ante aquello, “el juez o jueza pasa a tener una facultad para poder indagar los flujos económicos de quien adeude la pensión”, detalló Cordero.
En concreto, este tendrá acceso a la Comisión para el Mercado Financiero, el Servicios de Impuestos Internos, entre otras instituciones a fines.
“Si hay recursos suficientes, deberá adoptar la medida cautelar para el pago. La institución requerida deberá realizar el mismo en un plazo de 15 días”.
En caso de que los dineros sean insuficientes, “se requiere la indagación sobre los fondos previsionales”, es decir de las AFP.
Cordero explicó que “las obligaciones dependen del número de años que a la persona le queden para cumplir con su edad de jubilación.
“Si quedan 15 años será solo el 50%, entre 15 y 30 años hasta el 80% de sus ahorros y sobre 30 años al 90%”, detalló.